SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2021-S3

Fecha: 02-Mar-2021

denegó

El Juez Público Civil y Comercial y de Familia Segundo de Riberalta del departamento de Beni, en suplencia legal de su similar Primero, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 04/2019 de 29 de agosto, cursante de fs. 346 a 348 vta., denegó la tutela solicitada, expresando los siguientes fundamentos: a) La accionante tuvo conocimiento de la Resolución SD-AP 332/2016, el 15 de agosto de igual año, fecha en la que pidió copia legalizada del proceso disciplinario y además presentó recurso de inconstitucionalidad concreta con relación al art. 187.9 de la LOJ, el 13 del mismo mes y año, no obstante que la citada Resolución ya tenía calidad de cosa juzgada; pese a ello, se tramitó dicha acción de control normativo que mereció la emisión del
AC 0210/2016 de 8 de septiembre -dictada por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional-, que confirmó la Resolución del Juez Disciplinario Primero del Consejo de la Magistratura del mencionado departamento; y, b) Acorde a la fecha de notificación con la solicitud de fotocopias legalizadas de 15 de agosto de 2016 o el recurso de inconstitucionalidad concreta de 13 del citado mes y año, se tiene que la impetrante de tutela tenía el plazo improrrogable de seis meses para interponer esta acción de defensa; sin embargo, la misma fue presentada el 13 de marzo de 2017 de forma extemporánea; por lo que, no corresponde ingresar al fondo.