SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2021-S3

Fecha: 19-Mar-2021

II.9.

II.9.  El 11 de septiembre de 2019, los peticionantes de tutela presentaron nueva acción de amparo constitucional ante el “…JUEZ PÚBLICO DE TURNO DE LA CIUDAD TUPIZA…” (sic) del departamento de Potosí, recayendo la misma al Juzgado Público de Familia Primero de Tupiza del aludido departamento
(fs. 2 a 23 vta.), donde dicha autoridad judicial constituida en Jueza de garantías por Auto de 12 de ese mes y año, declinó competencia a la Sala Constitucional de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca (fs. 24 a 25); a su vez, la Sala Constitucional Primera del señalado departamento por Auto de 3 de octubre de igual año, rechazó la declinatoria referida devolviendo la causa ante el precitado Juzgado Público de Familia Primero de Tupiza (fs. 190 y vta.); radicada la causa en dicho Juzgado, por Auto de 21 de enero de 2020, la Jueza de garantías observó la demanda (fs. 192 vta. a 193 vta.); misma que una vez subsanada por memorial de 28 de dicho mes y año, fue admitida por Auto de 29 de enero de 2020 (fs. 196 a 198 vta.).