SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2021-S3

Fecha: 19-Mar-2021

concedió

El Juez de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Chuquisaca, en suplencia legal de su similar Tercero, constituido en Juez de garantías, por Resolución 1/2019 de 13 de julio, cursante de fs. 241 a 242 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo: se “Deja sin efecto al Auto de vista de 9 de julio de 2019, pronunciado por los señores Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; al efecto, las autoridades nombradas deberán convocar tanto al imputado como al Ministerio Público y a la víctima a una audiencia de fundamentación y consideración de medidas cautelares, en el plazo de tres días hábiles siguientes desde su notificación con la presente resolución.

Como emergencia de lo dispuesto precedentemente, también se dejan sin efecto, el auto de convocatoria de la señora Vocal de la Sala Penal Primera, Dra. Mirna Sandra Molina Villarroel de 9 de julio del presente año; y el Auto de Vista de 10 de julio de 2019, emitido por el señor Vocal Dr. Hugo Michel Lescano, junto a la señora Vocal de la Sala Penal Primera (…); en consecuencia el citado Vocal de la Sala Penal Segunda deberá librar mandamiento de libertad a favor del encausado, quien en ese estado, deberá ser escuchado en la referida audiencia de consideración de medidas cautelares, quien hasta el cumplimiento de los actuados extrañados estará sujeto a las medidas sustitutivas impuestas en fecha 11 de junio de 2019” (sic).