SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2021-S3

Fecha: 19-Mar-2021

h) derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior

En ese sentido, se evidencia que tanto la CIDH entre otros organismos internacionales de protección de derechos humanos, así como la jurisprudencia emitida por este Tribunal, establecen que el alcance y contenido del derecho a la impugnación cuenta con estándares procesales que deben ser observados, para asegurar la garantía del derecho a recurrir el fallo ante Juez o Tribunal superior, luego de la emisión de una resolución que defina la situación jurídica de una persona sometida a un proceso penal; es decir, que el mismo no debe requerir mayores requisitos que haga imposible su ejercicio; por lo tanto, las formalidades que se exijan para la admisión de dicho recurso que desarrolle el derecho a la impugnación, deben ser mínimas respondiendo a la norma y no a cuestiones formales que puedan constituir un óbice para que este cumpla con su fin de examinar y resolver la posible lesión del debido proceso; y, que es reclamada por el procesado como sujeto activo.