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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2021-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2021-S3

    Fecha: 29-Mar-2021

    II.5.

    II.5.  A través del Memorando DRH-2187 de 23 de noviembre de 2018, la Directora de Recursos Humanos a.i. de COTEL Ltda. comunicó a la accionante que a partir de esa fecha se resolvió su desvinculación laboral de esa Cooperativa; así como que se efectuaría el pago del subsidio prenatal, de natalidad y de lactancia en su favor hasta que su hijo cumpla un año de edad. Determinación que le fue notificada el 26 del citado mes y año (fs. 68).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • Fragmento 13
    • debe plantearse dentro de un plazo oportuno, justo y razonable
    • la presentación de la acción de amparo constitucional debe efectuarse en el plazo de seis meses después de conocida la lesión
    • la jurisdicción constitucional no puede aguardar de manera indefinida a que el titular del derecho solicite su protección, pues en su propio interés debe ser diligente en cuanto al respeto
    • quien ocurre ante la jurisdicción constitucional en busca de la tutela
    • Fragmento 18
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 20
    • destitución inmediata
    • REVOCAR en parte

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