Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2021-S2
Fecha: 19-Abr-2021
acción de libertad
En revisión la Resolución de 3 de julio de 2020, cursante de fs. 55 a 58, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Juan Carlos Vargas Vargas, Defensor Público del Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SEPDEP) en representación sin mandato de Jhasmani Ramiro Torrico Leclere contra Salomé Guzmán Terán y Richard Cruz Vargas; y, Elvira Heidy Jimenez Sejas, Jueces y Secretaria respectivamente del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Quillacollo del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma,
- apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas
- si la vulneración de los derechos tutelados por la presente acción de defensa emerge del incumplimiento o la inobservancia de las funciones y obligaciones conferidas al personal de apoyo jurisdiccional
- en el caso de los funcionarios de apoyo judicial
- III.3. Análisis del caso concreto
- Con relación a las autoridades demandadas
- Circular 02/20
- Con referencia a la Secretaria demandada
- CONFIRMAR
- CONCEDER