Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2021-S2
Fecha: 19-Abr-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, denunció la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso en sus vertientes a la defensa, a la igualdad y a la tutela judicial efectiva; y, del principio de celeridad; toda vez que, el 23 de junio de 2020, a la conclusión de la audiencia donde se rechazó su solicitud de cesación de la detención preventiva, interpuso recurso de apelación incidental de acuerdo a lo previsto por el art. 251 del CPP; sin embargo, los Jueces demandados dilataron injustificadamente la remisión de los antecedentes al Tribunal de alzada por “…más de 3 días…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma,
- apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas
- si la vulneración de los derechos tutelados por la presente acción de defensa emerge del incumplimiento o la inobservancia de las funciones y obligaciones conferidas al personal de apoyo jurisdiccional
- en el caso de los funcionarios de apoyo judicial
- III.3. Análisis del caso concreto
- Con relación a las autoridades demandadas
- Circular 02/20
- Con referencia a la Secretaria demandada
- CONFIRMAR
- CONCEDER