SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0116/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0116/2021-S3

Fecha: 26-Abr-2021

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Resolución 20/2020 de 25 de mayo, cursante de fs. 150 a 155 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) Los Magistrados ahora accionados, a través del AS 1006/2019, dieron respuesta a todos los agravios formulados por el accionante en su recurso de casación contra el Auto de Vista 47/2019, exponiendo en sus argumentos, la cita de disposiciones legales y jurisprudencia aplicable al caso concreto; reclamos coincidentes que estaban relacionados fundamentalmente a la ausencia de valoración probatoria sobre la inexistencia del Poder Notarial 182/2000; asimismo, dicha Resolución es congruente interna como externamente, puesto que su parte conclusiva guarda relación con la parte dispositiva y respondió a todos los reclamos efectuados por el accionante; 2) La Sala Constitucional no puede efectuar la valoración de la prueba, porque no se constituye en una instancia más dentro del proceso ordinario; sin embargo, en dicha labor no se advierte que haya un alejamiento de los criterios de razonabilidad y equidad; y, 3) No se puede realizar la interpretación de la legalidad ordinaria; en razón que, según la jurisprudencia constitucional; la misma está reservada para la jurisdicción ordinaria, a no ser que el accionante demuestre con la suficiente carga argumentativa la vulneración de derechos fundamentales, como consecuencia de la interpretación efectuada por las autoridades jurisdiccionales; situación que no aconteció en el presente caso.