AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2021-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2021-O

Fecha: 04-May-2021

III.2.  Análisis de la solicitud

En el caso la accionante, denuncia que la Sala Primera del Tribunal Constitucional Plurinacional emitió la SCP 0691/2019-S1 de 8 de agosto, incurriendo en un grave error procesal, que conllevó a que en dicho fallo no se ingrese al análisis de fondo de la problemática planteada en la acción de amparo constitucional, denegando la tutela por falta de legitimación pasiva, al omitir compulsar los antecedentes del proceso constitucional en los cuales cursaba el memorial de ampliación de la demanda constitucional en contra de las personas de las cuales la referida sentencia observó que no fueron demandadas; por lo que, invocando la facultad de autocorrección del proceso constitucional, establecida en la SCP 0684/2013 de 3 de junio, la cual señala que, es posible que la misma justicia constitucional pueda subsanar sus propios errores, siempre en función de la protección de derechos fundamentales; solicita se proceda a la autocorrección.

En mérito a la solicitud impetrada, realizada la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, este Tribunal Constitucional Plurinacional, advierte que el error alegado por la parte demandante es evidente; y, si bien el mismo constituye una omisión, de parte de este Tribunal, en revisión del expediente 27979-2019-56-AAC, referente a una acción de amparo constitucional interpuesta por la accionante contra el Banco Unión S.A. (Comisión Mixta y otras), que dio lugar a la emisión de la SCP 0691/2019-S1 de 8 de agosto, denegando la tutela sin ingresar al análisis de fondo del problema por falta de legitimación pasiva y, si bien se incurrió en dicho error, empero este Tribunal advierte que dicha equivocación, no implica de modo alguno la lesión al debido proceso por dos situaciones: