SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2021-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2021-S1

Fecha: 27-May-2021

II.1.

II.1.  Mediante Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/FALF/CONM 053/2019 de 4 de noviembre, la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, conminó la reincorporación inmediata de Rita Guzmán Rivero, Joselo Montero Arias y Alex Vargas Cayuba -ahora impetrantes de tutela- a su fuente laboral en la empresa “Sociedad Industrial Cerámica Santa Cruz Ltda.”, al mismo puesto que ocupaban al momento del despido, más el pago de sus salarios devengados y demás derechos sociales, refiriendo que: “En merito a los antecedentes expuestos, citas jurisprudenciales, de acuerdo a informe y la normativa señalada esta Jefatura Departamental de Trabajo CONMINA A LA SOCIEDAD INDUSTRIAL CERAMICA SANTA CRUZ LTDA. PROCEDA A LA INMEDIATA REINCORPORACIÓN RESPECTO A LA ESTABILIDAD LABORAL de los ciudadanos: RITA GUZMAN RIVERO con               C.I. 8126497 S.C., JOSELO MONTERO ARIAS con C.I. 8190135 S.C., y de la misma manera por INAMOVILIDAD LABORAL a favor del Sr. ALEX VARGAS CAYUBA con C.I. 9667374 S.C., a sus fuentes laborales en el mismo puesto que ocupaban en la empresa, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado en aplicación al D.S. N° 0495 y 0496 manteniendo su antigüedad y demás derechos que corresponden por ley, bajo la primacía de la Constitución Política del Estado por ser un derecho adquirido y consolidado de los trabajadores, y sea de forma inmediata a partir de su legal notificación…”(sic [ fs. 6 a 8 vta.]).