SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2021-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2021-S1

Fecha: 27-May-2021

Seguidamente, en su Fundamento Jurídico III.2,

Seguidamente, en su Fundamento Jurídico III.2, argumentó sobre la aplicación del estándar más alto ante la existencia de dos líneas jurisprudenciales contradictorias; para ello, se remitió a la SCP 2233 de 16 de diciembre, misma que advirtió dos aspectos importantes para aplicar el referido estándar más alto de la jurisprudencia constitucional[1]; de lo cual la precitada Sentencia Constitucional Plurinacional concluyó que:

“…el juzgador al momento de resolver un caso concreto y después de corroborar la existencia de dos razonamientos contrarios al interior de la jurisprudencia constitucional, puede optar por vincularse a la que responde al estándar más alto, que otorga tutela de manera más progresiva y favorable; lo cual, dentro la dinámica hermenéutica constitucional, así como el carácter progresivo y el principio de favorabilidad de los derechos fundamentales previsto en los arts. 13.I y 256.I de la CPE, resulta constitucionalmente permisible y se constituye en una obligación conforme a los tratados internacionales que prevén derechos más favorables a las contenidas en la misma Norma Suprema e impele a nuestro Estado a su aplicación como parte suscribiente de dichos tratados”.