Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2021-S3
Fecha: 06-May-2021
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada y se declare la nulidad de la notificación por cédula efectuada con la RA RA-SS 0824/2014, al contravenir lo dispuesto en el art. 70 del DS 29215 en concordancia a lo dispuesto en el art. 74 del Reglamento Agrario, ordenando al Director Nacional del INRA efectúe una nueva notificación; así como ordene la inmediata extensión de fotocopias legalizadas de todo el proceso de saneamiento efectuado del cual emergió la RA RA-SS 0824/2014, para que pueda asumir defensa ante el Tribunal Agroambiental.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- improcedencia
- revocar
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el principio de inmediatez presupuesto procesal constitucional de inexcusable cumplimiento, que reviste a la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- III.2.
- La Poza del Bibosi
- la notificación por Cédula de 12 de marzo de 2018
- Fragmento 19