SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

V.

V. Bajo los principios de concentración y economía procesal, en el caso de revocar la decisión y encontrándose el proceso disciplinario en original en la Sala Plena del régimen disciplinario del Consejo de la Magistratura, esta instancia procederá a resolver la apelación planteada” (sic [énfasis agregado(fs. 39 a 74)]).

A partir de dicha normativa disciplinaria especial, se constata la regulación de la compulsa disciplinaria como un mecanismo intra proceso-disciplinario, que taxativamente se encuentra establecido con la finalidad de que el sujeto procesal que se viera afectado con la denegación del recurso de apelación pueda promover el mismo al día siguiente hábil de su notificación -con dicha negativa-, a fin de que la Sala Plena del Régimen Disciplinario del Consejo de la Magistratura revoque o confirme tal decisión.