SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2021-S3

Fecha: 14-May-2021

Incorrecta e ilegal aplicación del ordenamiento jurídico

El apelante -ahora accionante-, denunció que la “Jueza cautelar”, al declarar probada la excepción de prejudicialidad, no tomó en cuenta que las resoluciones dictadas por los Tribunales de garantías son de acatamiento obligatorio e inmediato, según disponen los arts.”15,17 Y 17 CPC” (sic), fallos contra los que no cabe recurso ordinario o extraordinario, acorde con lo previsto por el art. 203 de la CPE, resultando imposible que una autoridad de la jurisdicción ordinaria considere que una sentencia emitida en un proceso laboral pueda modificar o anular otra de materia constitucional y su efecto inmediato que es su cumplimiento. Asimismo, no tomó en cuenta que el delito que se investiga es sobre la desobediencia de resoluciones dictadas en acciones de defensa, estando su vigencia reatada a dos aspectos, como son la existencia de una determinación dictada en una acción tutelar, y el -reitera- cumplimiento de la misma, circunstancias que concurren en el caso de autos que también fueron analizadas en el recurso de queja, ordenándose la remisión de antecedentes ante el Ministerio Público para el procesamiento del denunciado; por lo que, pensar que un proceso laboral puede establecer la inexistencia de los elementos constitutivos del tipo penal, resulta contrario al ordenamiento legal.