Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2021-S3
Fecha: 26-May-2021
Fragmento 17
Esencialmente, su naturaleza jurídica emerge de la posibilidad de revisar la determinación judicial por ser, presuntamente vulneratoria de los derechos que asisten a las partes en contienda; por tanto, el ejercicio del derecho a la impugnación, garantiza la imparcialidad del juzgador, por cuanto, las decisiones del inferior, podrán ser sometidas al control de un tribunal superior, garantizando así la protección efectiva de los derechos de los justiciables, no otra cosa significa acudir a una autoridad con la esperanza de que se reparará las lesiones sufridas en una instancia inferior.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2.
- entienden por momentos y días hábiles administrativos
- los días en los cuales dicha administración cumple sus funciones
- Fragmento 22