SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2021-S3
Fecha: 26-May-2021
II.3.
II.3. Consta recurso de alzada de “…6 de noviembre de 2019…” (sic), presentado por la ahora peticionante de tutela, interpuesto contra la
RD AN-GRZGR-ULEZR-RESDET 1073/2019; adjuntando a la misma, nota de 13 de noviembre de 2019, dirigida a la ARIT Santa Cruz, través de la cual solicitó la recepción del referido recurso presentado en esa fecha, alegando motivos de fuerza mayor ante la suspensión de actividades debido a la convulsión social, haciendo constar que la indicada Resolución tenía como plazo hasta el 11 del referido mes y año para la presentación del recurso de alzada; empero, al ser de conocimiento público, por razones de fuerza mayor precautelando la integridad física de sus oficinas y la seguridad de sus funcionarios a partir del martes 5 de igual mes y año, las oficinas de la ARIT Santa Cruz fueron cerradas y suspendida la atención física al público contribuyente (fs. 86 a 101); adjuntando a dicha nota, correos enviados digital y oportunamente a través de la página web de la ARIT, presentando los documentos necesarios para interponer el recurso de alzada, indicando que los mismos habrían sido rechazados por el sistema informático; manifestando igualmente que siendo que las actividades fueron regularizadas, y con el fin de ejercer sus derechos constitucionales y acceder a la justicia y no quedar en indefensión jurídica, pidió que esa autoridad instruya a quien corresponda la recepción de su recurso de alzada y continuar con las etapas del proceso conforme el
art. 143.1 del CTB (fs. 85).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2.
- entienden por momentos y días hábiles administrativos
- los días en los cuales dicha administración cumple sus funciones
- Fragmento 22