SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2021-S3

Fecha: 26-May-2021

III.3. Análisis del caso concreto

Los peticionantes de tutela, a través de sus representantes legales,  denuncian en lo sustancial, que dentro del proceso penal seguido en contra de los ahora terceros interesados por los delitos de enriquecimiento ilícito e incumplimiento de deberes, el Fiscal Departamental de Cochabamba hoy accionado, mediante Resolución Jerárquica FDC/O.E.T.C IS 25/2019 confirmó la Resolución de sobreseimiento emitida por los Fiscales a cargo de la investigación, sustentando su decisión en solo dos pruebas sin considerar los demás elementos de convicción, argumentando que el dinero percibido por ambos era producto de su trabajo desarrollados en la UMSS y el SSU, sin considerar la existencia de incompatibilidad de horarios que imposibilitan cumplir con las funciones administrativas y de docencia al mismo tiempo; asimismo, además de omitir valorar las treinta y un pruebas aportadas, no señaló las razones por las cuales consideró que las mismas eran insuficientes para configurar el delito de enriquecimiento ilícito, en franco desconocimiento de la prohibición establecida por la Ley 614 -Ley del Presupuesto General del Estado 2015- que prevé que los salarios percibidos en instituciones públicas no pueden ser igual o superiores al sueldo del Presidente del Estado, siendo el razonamiento de la autoridad Fiscal que dichos aspectos eran temas administrativos que debían ser resueltos por las instancias pertinentes; tampoco se pronunció sobre su reclamo respecto al delito de incumplimiento de deberes, el cual formó parte de su impugnación, señalando únicamente que al no haber sido imputado no podía ser considerado; actuaciones y omisiones conjuntas vulneratorias de los derechos invocados.       

Identificados como se encuentran los actos reclamados como lesivos, a los efectos de su compulsa con los fundamentos y motivos que sustentan la Resolución Jerárquica FDC/O.E.T.C IS 25/2019, es menester sintetizar los agravios de impugnación contra la Resolución de sobreseimiento expresados tanto por los representantes del SSU como de la UMSS, y las respuestas otorgadas por el Fiscal Departamental de Cochabamba ahora accionado, que permitirán determinar si las vulneraciones alegadas resultan o no evidentes.