SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2021-S3

Fecha: 26-May-2021

II.4.

II.4.    Se tiene Declaración Jurada Voluntaria de 16 de marzo de 2020, ante Guilder Sanizo Villarroel, Notario de Fe Publica 11 de Quillacollo, del departamento de Cochabamba, a través del cual Zulema Torrez Ramos en su calidad de trabajadora de la accionante en el negocio denominado “La Bendición” situado en el inmueble referido, manifestó: “PUNTO DOS.- Declaro que ‘en fecha 30 de Enero del 2020 aproximadamente a horas 14:30, las señoras EVANGELINA QUIROZ CUBA, DONATA CUBA RAMOS procedían a cambiar la chapa, cerrojo del ingreso de la puerta principal de ingreso a dicho inmueble, ya que para ingresar a la tienda primeramente se ingresa por la puerta principal de dicho inmueble; ya que hasta la presente fecha mi persona en calidad de Vendedora y la señora JHANNETH TOLA LOBO como mi contratante no podemos entrar a trabajar hasta la fecha a dicha tienda’”(sic [fs.122 y vta.]).