SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2021-S2

Fecha: 22-Jun-2021

II.2.

II.2.  Por Licencia de Funcionamiento extendida en favor de la accionante se evidencia que es propietaria de una actividad económica (Industrias “ER”) autorizada a funcionar en el Barrio 14 de septiembre, en el horario de 8:00 a 21:00 hasta el 10 de enero de 2021. Mediante Matrícula de Comercio, se tiene que la empresa detallada precedentemente se encuentra en el Registro de Comercio de Bolivia, con domicilio “Entre Ríos- ENDE” (sic) y con matrícula vigente hasta el 31 de agosto de 2019. A través del NIT 5231476017, se corrobora que la actividad económica aludida corresponde a una empresa unipersonal de la hoy accionante, con domicilio tributario en “Calle Innominada” sin número del Barrio 14 de septiembre (fs. 2 a 4).