Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2021-S2
Fecha: 30-Jun-2021
II.3.
II.3. A través del Auto Interlocutorio de 13 de marzo de 2017, Jorge Limpias Parada, Juez de Instrucción Anticorrupción y Violencia Hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de Beni, declaró probada la objeción de querella interpuesta por Kahtrin Kholer Kreidstein. Dicho fallo fue apelado incidentalmente por Mabel Annette Tobías Pereira, mediante memorial de 28 de marzo de 2017 (fs. 2208 a 2210 vta.; y, 2216 a 2217 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 15 años a partir de 2001 otorgado por el apoderado general de la casa Medina, misma que se la tiene adjuntado al expediente
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7 .
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La suspensión del plazo de inmediatez en la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso en concreto
- el 9 de febrero de 2018
- 17 de octubre de 2019
- CONFIRMAR