SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2021-S3

Fecha: 08-Jun-2021

Fragmento 4

En respuesta a las interrogantes del Tribunal de garantías, el representante del impetrante de tutela sostuvo que al decretarse la cuarentena, poder transportarse o enviar las documentales sobre el pago que honra la deuda y la ejecución del mandamiento de apremio, no fue posible; toda vez que, fue apremiado en la Localidad de Villa Montes del departamento de Tarija y la demanda de asistencia familiar radica en el Juzgado Público de Familia Quinto de El Alto del departamento de La Paz, no pudiendo poner en conocimiento de la autoridad jurisdiccional estos aspectos, causas que son de fuerza mayor; por lo que, no se solicita aplicar ningún tipo de responsabilidad; por otra parte, desconoce el acuerdo de Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia -no se aclara el departamento- por el que se hubiesen designado juzgados para conocer este tipo de situaciones.