Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2021-S3
Fecha: 08-Jun-2021
II.1.
II.1. El 11 de marzo de 2020, la Jueza Pública de Familia Quinta de El Alto del departamento de La Paz -hoy accionada-, emitió mandamiento de apremio contra Edgar Churata Calamani -ahora peticionante de tutela- facultando a un Oficial de Diligencias del Juzgado o cualquier autoridad judicial, administrativa, o indígena originaria campesina hábil y no impedida, a objeto de conducirlo a la cárcel más cercana -al apremio- para la cancelación de la suma de Bs4 050.- por concepto de asistencia familiar devengada, mandamiento amplio incluso con facultades de allanamiento, rotura de candados o chapas de puertas, observando las limitaciones y restricciones señaladas en el art. 25 de la CPE (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad y servidor público accionados
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 13
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.3. Análisis del caso concreto
- respecto a la emisión y ejecución del mandamiento de apremio,
- continuidad de la detención por apremio, pese a la cancelación total de la asistencia familiar devengada
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR