Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2021-S3
Fecha: 08-Jun-2021
Fragmento 6
Situación idéntica acontece con Herbert Eduardo Serrano Yujra, Director de la Carceleta Villa Montes del departamento de Tarija -coaccionado-, quien también presentó informe sin que el mismo sea remitido a este Tribunal; constando el resumen de su contenido en la Resolución respectiva donde se advierte que su actuación se limitó al cumplimiento del mandamiento de apremio emitido por la Jueza Pública de Familia Quinta de El Alto del departamento de La Paz; por lo que, estará a las resultas de la presente acción de defensa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad y servidor público accionados
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 13
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.3. Análisis del caso concreto
- respecto a la emisión y ejecución del mandamiento de apremio,
- continuidad de la detención por apremio, pese a la cancelación total de la asistencia familiar devengada
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR