SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2021-S4
Fecha: 02-Jul-2021
Fragmento 15
En el caso que es objeto de revisión, la accionante denuncia la lesión de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y al salario justo; porque la autoridad demandada no cumplió con lo dispuesto en la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTEPS-CH/C.R. 028/2020, hasta la interposición de la presente acción de amparo constitucional; y, si bien por RA J.D.T.-CH–91/20 de 23 de julio de 2020 se revocó totalmente la indicada Conminatoria, tal aspecto no afectaría su validez ni su ejecutabilidad, debido al recurso jerárquico que presentó contra esta última decisión y porque la norma laboral establece la obligatoriedad de su cumplimiento, independientemente de los recursos que puedan interponerse por la parte afectada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- para que los fundamentos expresados en una acción de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte accionante debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos que tenga expeditos en la vía administrativa o jurisdiccional
- III.2. Del principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR