SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2021-S4
Fecha: 20-Jul-2021
conceder
En ese contexto, del Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la acción de libertad traslativa, busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existan dilaciones innecesarias o indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra con privación de libertad, pues todas la peticiones vinculadas con el citado derecho deben ser atendidas de forma inmediata o cuando menos en los plazos previstos por la norma, omisión o desconocimiento que vulnera el derecho al debido proceso en su elemento de celeridad; consecuentemente, verificada la dilación en la tramitación del procedimiento abreviado, se evidencia la lesión del derecho del accionante al debido proceso en su elemento celeridad, correspondiendo por consiguiente, conceder la tutela solicitada en su modalidad traslativa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- constituye una simplificación de los trámites procesales, ya que se elimina el debate oral, público y contradictorio
- para que sea efectiva la aplicación del procedimiento abreviado o alegación pre acordada,
- La aplicación de
- Fragmento 13
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- todas las peticiones que estén vinculadas al derecho de libertad en cualquier materia, deben ser atendidas de forma inmediata
- el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- conceder
- Fragmento 20
- III.3.1.
- CONFIRMAR