SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2021-S4
Fecha: 20-Jul-2021
i)
Claudia Marcela Castro Dorado, Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia Contra la Violencia Hacia las Mujeres Tercera del departamento de La Paz, a través de informe escrito presentado el 12 de agosto de “2019”, cursante a fs. 67, señaló que: i) Se encontraba con baja médica desde el 15 de julio de 2020, debido a que presentó sintomatología propia del COVID-19, que dio positivo el 20 del mes y año señalados; permaneciendo aislada hasta la fecha de emisión del citado informe; ii) El 1 de junio del año indicado, la autoridad fiscal remitió requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado y otro de acusación, circunstancia que le generó duda en la duplicidad de requerimientos, atentando el debido proceso, notificando al Ministerio Público con proveído de 2 de julio de 2020, sin que se hubiere pronunciado al respecto; y, iii) Desconoce cuáles fueron los actuados desarrollados por las autoridades que actuaron en suplencia legal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- constituye una simplificación de los trámites procesales, ya que se elimina el debate oral, público y contradictorio
- para que sea efectiva la aplicación del procedimiento abreviado o alegación pre acordada,
- La aplicación de
- Fragmento 13
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- todas las peticiones que estén vinculadas al derecho de libertad en cualquier materia, deben ser atendidas de forma inmediata
- el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- conceder
- Fragmento 20
- III.3.1.
- CONFIRMAR