Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2021-S4
Fecha: 26-Jul-2021
II.2.
II.2. Ante la emisión de la RA RA-SS 0108/2017 de 2 de febrero, María Teresa Zannier de Maldonado, por medio de sus representantes legales, mediante memorial presentado el 2 de octubre de 2017, ante el Tribunal Agroambiental, planteó demanda contenciosa administrativa, impugnando la citada Resolución Administrativa (fs. 101 a 111 vta.); siendo admitida por Auto de 15 de noviembre de igual año (fs. 125 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- explicará de manera clara y sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión; argumentación que deberá seguir un orden coherente respecto a los hechos demandados y exponer con puntualidad los elementos jurídico-legales que determinaron su posición
- Fragmento 12
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia, la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- Emiliano Sánchez era Secretario General del Sindicato Agrario “Ex Fundo Andrada”, por lo tanto, no se encontraba legitimado para solicitar el saneamiento a nombre de la Comunidad Campesina “Sindicato Agrario Andrada”
- REVOCAR