SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2021-S4
Fecha: 26-Jul-2021
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Cuarta Especializada, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución de 27 de agosto de 2020, cursante de fs. 490 a 500 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada; disponiendo dejar sin efecto la Sentencia Agroambiental Plurinacional S2ª 073/2019 de 9 de septiembre, pronunciada por Ángela Sánchez Panozo y Gregorio Aro Rasguido, Magistrados del Tribunal Agroambiental, debiendo emitirse una nueva resolución con base a los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- explicará de manera clara y sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión; argumentación que deberá seguir un orden coherente respecto a los hechos demandados y exponer con puntualidad los elementos jurídico-legales que determinaron su posición
- Fragmento 12
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia, la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- Emiliano Sánchez era Secretario General del Sindicato Agrario “Ex Fundo Andrada”, por lo tanto, no se encontraba legitimado para solicitar el saneamiento a nombre de la Comunidad Campesina “Sindicato Agrario Andrada”
- REVOCAR