SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2021-S3

Fecha: 28-Jul-2021

Fragmento 16

         Así, se tiene que la Ley 1304 de 21 de junio de 2020 -Ley Modificatoria de la Ley 1297 de Postergación de la Elecciones Generales 2020-, en su art. 1 modificó el art. 2 de la Ley 1297, con el siguiente texto: “En ejercicio de sus atribuciones, el Tribunal Supremo Electoral fijará, mediante resolución expresa, la nueva fecha para la jornada de votación de las Elecciones Generales 2020, a realizarse en un plazo de ciento veintisiete (127) días computables a partir del 3 de mayo de 2020, vale decir hasta el domingo 6 de septiembre de 2020, conforme a criterios técnicos del Tribunal Supremo Electoral, y científicos provenientes de organismos especializados de salud, que guiarán las medidas que se adopten para garantizar que los derechos políticos sean ejercidos en las mejores condiciones que las circunstancias exijan, y que no impliquen la propagación del Coronavirus (COVID-19) y los consiguientes riesgos para la vida y la salud de las y los bolivianos en el territorio nacional y en el extranjero”  (Conclusión II.1); posteriormente y tal como se verifica en la página web de la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, se tiene la Ley 1315 de 13 de agosto de 2020 -Ley Modificatoria de la Ley 1297 de Postergación de las Elecciones Generales 2020, modificada por Ley 1304-, cuyo contenido normativo es el siguiente: