Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2021-S3
Fecha: 28-Jul-2021
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los impetrantes de tutela alegan la lesión del derecho a la salud pública vinculada a la vida; y, en audiencia mencionan el derecho a la integridad física, citando al efecto los arts. 15.I, 18.I y II, y 410 de la CPE; 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); 4 y 17.I de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y 6.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, en audiencia invocaron los arts. 9.5, 21, 35.I, 37, 68 y 71.II, todos de la Norma Suprema; y, 12 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- Fragmento 6
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1
- no se puede obviar que la esencia medular de la verificación de la relevancia constitucional se encuentra relacionada con la razón o sentido jurídico-constitucional de abrir el ámbito de protección tutelar de las acciones de defensa trasuntadas en la concesión de la tutela pretendida
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- PRIMERA.
- relevancia constitucional sobreviniente
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte
- 2º