Antecedentes: Trámite Procesal
I.4. Trámite Procesal
I.4.1. Auto que concede el recurso
Tramitado el recurso de casación, el Juez Agroambiental de Padilla, mediante Auto de 19 de octubre de 2023, cursante a fs. 1494 de obrados y Auto de 26 de octubre de 2023, concede el recurso de casación, ordenando la remisión del expediente ante el Tribunal Agroambiental.
I.4.2. Decreto de Autos para Resolución
Remitido el expediente signado con el N° 5403-RCN-2023, referente al proceso “Retiro de Corral para Ganado Vacuno Mayor y Entrega de Terreno como Compensación por Desvío Artificial de Río”, por providencia de 07 de noviembre de 2023 cursante a fs. 1511 de obrados, se dispuso Autos para Resolución.
I.4.3. Sorteo de Expediente para Resolución
Mediante providencia de 06 de diciembre de 2023, cursante a fs. 1513 de obrados, se señaló fecha y hora de sorteo para el día 07 de diciembre de 2023; habiéndose procedido al sorteo correspondiente de manera presencial en Secretaría de Sala Primera de éste Tribunal Agroambiental, conforme consta a fs. 1515 de obrados, pasando a despacho del Magistrado Relator
- Encabezado
- Antecedentes: Argumentos de la Sentencia Recurrida.
- Antecedentes: Argumentos del Recurso de Casación.
- Antecedentes: Argumentos de la contestación.
- Antecedentes: Trámite Procesal
- Antecedentes: Actos Procesales Relevantes
- FJ.II.1. La Naturaleza Jurídica del Recurso de Casación y la flexibilización del Recurso en Materia Agroambiental.
- FJ.II.2. La competencia material y territorial de la jurisdicción agroambiental cuando el uso y destino de la propiedad está orientada a la actividad agraria, pecuaria o actividades de naturaleza agroambiental.
- F.J.II.3. Sobre la congruencia, fundamentación y motivación como elementos del derecho al debido proceso
- FJ.II.4. Análisis del caso concreto.
- FJ.II.4. 1. Error de hecho por omisión de la valoración integral de la prueba.
- FJ.II.4. 2. Omisión de pronunciamiento sobre la acusación de existencia de dos lechos de rio y dos franjas de seguridad en el sector del conflicto y apropiación indebida del demandado.
- FJ.II.4. 3. Error en la valoración del cumplimiento de la función social en pequeñas propiedades ganaderas y sus efectos para la tutela judicial del derecho a la propiedad.
- FJ.II.4. 4. Interpretación errónea o indebida aplicación de la ley, por omisión arbitraria en la valoración de la prueba; y aplicación indebida del art. 31.4 de la ley 482 para generar una segunda franja de seguridad por el desvío artificial del Rio y considerarlo de propiedad del Municipio.
- Por Tanto 1
