Encabezado
AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 140/2023
Expediente: Nº 5403-RCN-2023
Proceso: Retiro de Corral para Ganado Vacuno Mayor y Entrega de Terreno como Compensación por Desvío Artificial de Río
Partes: Isabel Ruiz Andrade vda. de Cáceres, representada por Cliver Villalba Aguirre, contra el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo
Recurrentes: Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, representado por Adhemar Carvajal Ruiz
Resolución Recurrida: Sentencia Agroambiental N° 07/2023 de 22 de septiembre de 2023
Distrito: Chuquisaca
Asiento Judicial: Padilla
Fecha: Sucre, 20 de diciembre de 2023
Magistrado Relator: Dr. Rufo Nivardo Vásquez Mercado
Los Recursos de Casación, cursantes de fs. 1461 a 1465 vta. de obrados, interpuesto por Cliver Villalba Aguirre en representación de Isabel Ruiz vda. de Cáceres; y de fs. 1472 a 1477 de obrados, interpuesto por Adhemar Carvajal Ruiz, en representación del Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, ambos contra la Sentencia Agroambiental N° 07/2023 de 22 de septiembre, cursante de fs. 1444 a 1454 de obrados y Auto complementario de fs. 1455 a 1456 de obrados, pronunciados por el Juez Agroambiental de Padilla del departamento de Chuquisaca, dentro el proceso “Retiro de Corral para Ganado Vacuno Mayor y Entrega de Terreno como Compensación por Desvío Artificial de Río”, instaurado por Isabel Ruiz vda. de Cáceres, representada por Cliver Villalba Aguirre, contra el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, representado por Adhemar Carvajal Ruiz.
- Encabezado
- Antecedentes: Argumentos de la Sentencia Recurrida.
- Antecedentes: Argumentos del Recurso de Casación.
- Antecedentes: Argumentos de la contestación.
- Antecedentes: Trámite Procesal
- Antecedentes: Actos Procesales Relevantes
- FJ.II.1. La Naturaleza Jurídica del Recurso de Casación y la flexibilización del Recurso en Materia Agroambiental.
- FJ.II.2. La competencia material y territorial de la jurisdicción agroambiental cuando el uso y destino de la propiedad está orientada a la actividad agraria, pecuaria o actividades de naturaleza agroambiental.
- F.J.II.3. Sobre la congruencia, fundamentación y motivación como elementos del derecho al debido proceso
- FJ.II.4. Análisis del caso concreto.
- FJ.II.4. 1. Error de hecho por omisión de la valoración integral de la prueba.
- FJ.II.4. 2. Omisión de pronunciamiento sobre la acusación de existencia de dos lechos de rio y dos franjas de seguridad en el sector del conflicto y apropiación indebida del demandado.
- FJ.II.4. 3. Error en la valoración del cumplimiento de la función social en pequeñas propiedades ganaderas y sus efectos para la tutela judicial del derecho a la propiedad.
- FJ.II.4. 4. Interpretación errónea o indebida aplicación de la ley, por omisión arbitraria en la valoración de la prueba; y aplicación indebida del art. 31.4 de la ley 482 para generar una segunda franja de seguridad por el desvío artificial del Rio y considerarlo de propiedad del Municipio.
- Por Tanto 1
