AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 140/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 140/2023

Fecha: 20-Dic-2023

Por Tanto 1

La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en mérito a la facultad conferida por los arts. 189.1 de la C.P.E., arts. 11, 12, 17 y 144.I.1 de la Ley N° 025, art. 36.1 y 87.IV de la Ley N° 1715, de conformidad al art. 220.III de la Ley N° 439, esta última de aplicación supletoria a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715 y en virtud de la jurisdicción que por ley ejerce, dispone:

1. La NULIDAD DE OBRADOS hasta el vicio más antiguo, es decir hasta la Sentencia Agroambiental N° 007/2023 de 22 de septiembre, cursante de fs. 1444 a 1454 de obrados, debiendo el Juez Agroambiental de Padilla del departamento de Chuquisaca emitir nueva sentencia fundamentada, motivada y congruente, observando y cumpliendo lo dispuesto en la presente resolución, de valorar toda la prueba producida en el caso de autos, individualizando cuales lo ayudaron a formar convicción y cuales fueron desestimadas ; y tramitarse la causa acorde a la normativa agraria y adjetiva civil aplicable al caso y resguardo de derechos y garantías constitucionales

2. En aplicación de lo previsto por el art. 17.IV de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese notifíquese y devuélvase.-