AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 125/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 125/2023

Fecha: 04-Sep-2023

Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes

I.5. Actos procesales relevantes

De la revisión de antecedentes cursantes en obrados, se tienen los siguientes actos procesales:

I.5.1. A fs. 1 y 4 y vta. cursa, en original Escritura Pública de Transferencia de Inmueble de 24 de septiembre de 2020 y el folio real, cuya transferencia la realiza Sofía Guzmán de Villarpando en favor Cristina Villarpando Guzmán con relación al predio 009 “ Comunidad Campesina Liquimayuí”, con una superficie de 1.4286 ha.

I.5.2. A fs. 6, cursa Certificado Catastral No. CC-TCHU04260/2022 registrado a nombre de Cristina Villarpando Guzmán de 07 de Junio de 2022.

I.5.3. A fs. 7 cursa, Registro de Transferencia Cambio de Nombre No. CHU00556/2022, en favor de Cristina Villarpando Guzmán.

I.5.4.  A fs.15 de obrados, cursa Resolución Administrativa de Actualización Catastral DN-DGCR-UGC-RES No. 0463/2022, de 31 de enero.

I.5.5.  A fs. 40 cursa, copia simple de Título Ejecutorial No.SPP-NAL-079818 de la parcela 009, de 15 de abril de 2009, con una Superficie de 1.4286 ha.

I.5.6.  De fs. 44 a 52 cursa, fotocopias legalizadas de Acta de Repartición y División de una Propiedad de la “Comunidad Campesina Liquimayu” parcela 009 de 28 de junio de 2010, en el que intervienen Sofía Guzmán de Villarpando y sus hijos Félix Villarpando Guzmán, Julián Villarpando Guzmán, Cristina Villarpando Guzmán y el sobrino Adalin Retamozo Villarpando; Acta de Dotación de Terreno de 03 de septiembre de 2010; Acta Aval de 15 de julio 2013; Certificación de 14 de agosto de 2023, emitida por la Secretaria General del Comunidad Campesina de Liquimayu en el que indica que Félix Villarpando Guzmán, Julián Villarpando Guzmán y Adalin Retamozo Villarpando se encuentran afiliados en la comunidad de manera  constante, mas no así Cristina Villarpando Guzmán a quien la desconocen; Acta de Reunión Ordinaria del Distrito 7, de 13 de agosto, donde atreves de una certificación  se aprueba respaldar a los demandados; Acta de una Reunión de 12 de agosto de 2023, en el que en forma unánime la mayoría decidieron que el Acta de repartición de la familia Villarpando de fecha 28 de junio de 2010 se debe respetar; y por ultimo Certificación de la Sub-Central de Muyuripi del Distrito 7, el cual certifica que Cristina Villarpando Guzmán y su concubino, no son afiliados a las comunidades  del Distrito 7, además que contarían con Antecedentes, por no cumplir con la función social e ir en contra de usos y costumbres de la comunidad.

I.5.7. De fs. 59 a 69 vta. cursa, Acta de Audiencia de Inspección Ocular de 17 de agosto de 2023, donde la demandante a  través de una declaración confesoria ante la pregusta: ”¿cuando su mamá estaba viva  quien trabajo el terreno? a lo que respondió “Mi hermano  Félix, Julián y mi sobrino Adalin Retamoso Villarpando” .

I.5.8. De fs. 76 a 84 cursa, Informe Técnico N° 018/2023, de 23 de agosto de 2023, elaborado por la Ing. Wilfredo B. Janko Ramos, Apoyo Técnico del Juzgado Agroambiental de Camargo, quien en la parte de conclusiones  señala que en el predio se identificó  plantaciones  de cultivo de  duraznos de 1 a 5 años de edad,  y que de acuerdo a las  imágenes satelitales  se observó que desde  el año  2012, habia trabajos agrícolas, así como  también en los años 2018 y 2020.