Fundamentos Jurídicos
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
El Tribunal Agroambiental, una vez analizados los argumentos jurídicos del recurso de casación y contestación a la misma, y teniendo presente la problemática jurídica vinculada al caso concreto referente a la causa jurídica, que desvirtúa el segundo presupuesto de la invasión u ocupación de hecho, de que al existir una Acta de repartición de terreno realizada el 28 de junio de 2010, para la Juez de la causa, ello evidenciaría de que los demandados a partir de ese entonces, se encontrarían en posesión pacífica, continua, legal y continua en el predio, el cual además sería reconocido por el Sindicato Agrario de Liquimayu, pese a que no acredita derecho propietario; este Tribunal abordará y desarrollará los siguientes temas: 1) La naturaleza jurídica del recurso de casación; 2) Presupuestos o requisitos de procedencia del proceso de Desalojo por Avasallamiento; 3) El Juez y su rol de Director en el Proceso; 4) Valoración integral de la prueba: y, 5) Examen del caso concreto.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Sentencia recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación.
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
- FJ.II.1. 2. Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- FJ.II.2. Presupuestos o requisitos de procedencia del proceso de Desalojo por Avasallamiento.
- FJ.II.3. El Juez y su rol de Director en el Proceso.
- FJ.II.4. Valoración integral de la prueba.
- FJ.II.5. Examen del caso concreto.
- FJ.II.5. 1. Respecto al primer requisito (derecho propietario)
- FJ.II.5. 2. En cuanto a que la parte demandada no cuenta con derecho propietario, posesión legal o autorización
- FJ.II.5. 3. Respecto al tercer requisito, de la ejecución de trabajos con mejoras, con incursión violenta o pacífica de forma temporal o continua en el predio
- FJ.II.5. 4 En cuanto al error de hecho incurrido en la sentencia, respecto al principio de la función social
- Por Tanto 1
