AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 125/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 125/2023

Fecha: 04-Sep-2023

Por Tanto 1

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en virtud a la potestad conferida por los arts. 189.1 de la CPE, art. 4. I. 2, 11, 12 y 144. I.1 de la Ley N° 025, art. 36.1 de la Ley N° 1715 y en virtud a la jurisdicción que por ella ejerce, en aplicación de los arts. 87. IV de la Ley N° 1715 y 220.II de la Ley N° 439, esta última, aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715, declara:

1. INFUNDADO el recurso de casación cursante a fs. 110 a 116 vta. de obrados, interpuesto por Cristina Villarpando Guzmán, contra la Sentencia N° 13/2023 de 04 de septiembre de 2023, pronunciada por la Juez Agroambiental de Camargo.

2. Mantiene firme y subsistente, la Sentencia N° 013/2023 de 04 de septiembre de 2023, cursante de fs. 91 a 104 vta. de obrados, emitida por la Juez Agroambiental con asiento judicial en Camargo del departamento de Chuquisaca, dentro de la demanda de Desalojo por Avasallamiento.

3. Se condena a la recurrente, con el pago de costas y costos, de conformidad a lo estipulado en los arts. 213.II.6 y 223.V.num. 2) de la Ley N° 439, que mandará hacer efectivo la Juez de instancia.

Regístrese notifíquese y devuélvase. –