FJ.II.5. 3. Sobre la defectuosa valoración de las pruebas en la sentencia
FJ.II.5.3. Sobre la defectuosa valoración de las pruebas en la sentencia.- Los recurrentes argumentan que la Sentencia N° 8/2023, emitida por el Juez A quo no puede surtir efectos legales porque no se dio lectura en audiencia y que se les notificó de manera personal en Secretaria de despacho; extremo que demostraría la existencia de un agravio para su persona, ya que no se dio cumplimiento el art. 87 de la Ley N° 1715, así como al art. 216.I y II de la Ley N° 439; al respecto, cabe señalar que de la revisión del Auto de 25 de agosto de 2023, cursante a fs. 531 y vta. de obrados, el Juez de instancia en la parte Resolutiva, parte in fine del numeral 1, señala que una vez notificados las partes, por secretraria de oficio reingrese el expediente para dictar la correspondiente resolución final en 96 horas, en cumplimiento a la Ley N° 477 y el principio de celeridad establecido en el art. 76 de la Ley N° 1715, con el cual fueron notificados las partes el 25 de agosto de 2023, tal cual se tiene acreditado por las diligencias de notificación cursantes de fs. 532 a 533 de obrados; por lo que, no se advierte ninguna irregularidad procesal como mal refiere la parte recurrente con relación a este aspecto.
Casación en el fondo
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Sentencia recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: 2. Casación En El Fondo
- Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación.
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
- FJ.II.1. 2. Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- FJ.II.2. Presupuestos o requisitos de procedencia del proceso de Desalojo por Avasallamiento.
- FJ.II.3. El Juez y su rol de Director en el Proceso.
- FJ.II.4. Valoración integral de la prueba.
- FJ.II.5. Examen del caso concreto.
- FJ.II.5. 2. En cuanto al incumpliento de normas porque no se acredito el requisito referente al derecho propietario de todos los demandantes descritos en la sentencia
- FJ.II.5. 3. Sobre la defectuosa valoración de las pruebas en la sentencia
- FJ.II.5. 4. Respecto a la defectuosa valoracion de las pruebas
- FJ.II.5. Respecto a la defectuosa fundamentación de la sentencia
- Por Tanto 1
