Por Tanto 1
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en virtud a la potestad conferida por los arts. 189.1 de la CPE, art. 4. I. 2, 11, 12 y 144. I.1 de la Ley N° 025, art. 36.1 de la Ley N° 1715 y en virtud a la jurisdicción que por ella ejerce, en aplicación de los arts. 87. IV de la Ley N° 1715 y 220.II de la Ley N° 439, esta última, aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715, declara:
1. INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo, cursante a fs. 569 a 583 de obrados, interpuesto por Nicolasa Nelly Rojas Bobarin de Gutierrez, contra la Sentencia N° 8/2023 de 12 de septiembre de 2023, pronunciada por el Juez Agroambiental de Potosi.
2. Mantiene firme y subsistente, la Sentencia N° 8/2023 de 12 de septiembre de 2023, cursante de fs. 535 a 566 de obrados, emitida por el Juez Agroambiental con asiento judicial en el departamento de Potosi, dentro de la demanda de Desalojo por Avasallamiento y sea con costas y costos.
Regístrese notifíquese y devuélvase. -
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Sentencia recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: 2. Casación En El Fondo
- Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación.
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
- FJ.II.1. 2. Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- FJ.II.2. Presupuestos o requisitos de procedencia del proceso de Desalojo por Avasallamiento.
- FJ.II.3. El Juez y su rol de Director en el Proceso.
- FJ.II.4. Valoración integral de la prueba.
- FJ.II.5. Examen del caso concreto.
- FJ.II.5. 2. En cuanto al incumpliento de normas porque no se acredito el requisito referente al derecho propietario de todos los demandantes descritos en la sentencia
- FJ.II.5. 3. Sobre la defectuosa valoración de las pruebas en la sentencia
- FJ.II.5. 4. Respecto a la defectuosa valoracion de las pruebas
- FJ.II.5. Respecto a la defectuosa fundamentación de la sentencia
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