AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 26/2024
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 26/2024

Fecha: 18-Abr-2024

Fundamentos Juridicos

II. FUNDAMENTOS JURIDICOS

El Tribunal Agroambiental, en el marco de los argumentos expuestos en el recurso de casación en análisis y en virtud a los hechos y antecedentes cursantes en el proceso del caso de autos, resolverá determinando: 1) Si la Juez de instancia no valoró correctamente la prueba documental presentada por la parte demandante y realizó una mala interpretación del art. 180 de la CPE y de los arts. 1. Inc. 16 y 134 del Código Civil. 2) Que el demandado Herlan Figueroa Segovia no tuvo oportunidad de defenderse al haberse practicado las notificaciones en la casa de su madre y no en su domicilio real.  3) Que la Juez de instancia no se manifestó con relación al Testimonio de Poder Notarial N° 79/2014 que otorgó Herlan Figueroa Segovia a favor de Roberto Romay Andia para vender, firmar aclarativas y realizar transferencias, por lo que el poderdante no tendría nada que ver en el presente proceso.  4) Análisis del caso concreto.