AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 26/2024
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 26/2024

Fecha: 18-Abr-2024

Por Tanto 1

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189, numeral 1 de la Constitución Política del Estado, art. 36-1 de la Ley Nº 1715 y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, dispone:

1.- Declarar INFUNDADO el recurso de casación fs. 201 a 206 de obrados, interpuesto por el demandado Herlan Figueroa Segovia contra la Sentencia N° 22/2023 de 27 de noviembre de 2023, pronunciada por la Juez Agroambiental de Tarija.

2.- Se mantiene firme y subsistente la Sentencia N° 22/2023 de 27 de noviembre de 2023, pronunciada por la Juez Agroambiental de Tarija, cursante de fs. 185 a 190 vta. de obrados.

3.- Se condena en costos y costas al recurrente, conforme dispone el art. 223-V, numeral 2, con relación al art. 224, ambos de la Ley N° 439, aplicable al caso por el régimen de supletoriedad establecido en el art. 78 de la Ley N° 1715. 

Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.500.- a ser cancelado por el recurrente, que mandará pagar la Juez Agroambiental de Tarija.

Suscriben el presente Auto Agroambiental Plurinacional, en mérito a la convocatoria efectuada a través de la providencia de 2 de abril de 2024, cursante a fs. 228 de obrados.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.