SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 63/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 63/2023

Fecha: 19-Dic-2023

FJ.II.2. De la Resolución Instructoria y la perentoriedad de los plazos fijados en la misma.

El art. 170.II del D. S. 25763 de 26 de junio de 2000 (vigente en ese periodo), textualmente señala: “(RESOLUCION INSTRUCTORIA) II. Esta Resolución dispondrá también la realización de la campaña pública y pericias de campo, fijando plazo y fecha de inicio respectivamente.

Al respecto, la amplia jurisprudencia emitida por este Tribunal, a través de las Sentencias Constitucionales SAN S1a N° 06/2010, de 12 de febrero, entendió: la Resolución Instructoria prevista por el art. 170 del D. S. N° 25763 vigente en la oportunidad de llevarse a cabo el saneamiento de la propiedad (…) que tiene por finalidad intimar a propietarios, beneficiarios, poseedores y subadquirientes de predios, a objeto de que se apersonen al trámite y acrediten su derecho e identidad dentro de los plazos perentorios fijados al efecto, disponiendo también al mismo tiempo la ejecución de la fase de campaña pública y los trabajos de pericias de campo en el área donde se ejecutará el saneamiento de tierras”.

Por su parte la Sentencia SAN S2a N° 0012/2007, de 26 de julio, estableció el siguiente entendimiento: “(…) no pueden evaluarse mejoras introducidas en el predio, con posterioridad a la ejecución de la etapa de pericias de campo, en función a la preclusión de las etapas procesales que se opera en el proceso de saneamiento”.

De igual manera, la Sentencia SAN S2 N° 0019/2006 de 16 de junio, estableció:Al respecto, cabe hacer referencia al principio de preclusión que rige las (…)distintas etapas del proceso de saneamiento, ya que vencidas por su turno cada una de ellas, se opera la preclusión, no pudiendo por consecuencia lógica, la institución demandada, retrotraer procedimiento a etapas legal y efectivamente cumplidas con anterioridad”; entendimiento asumido también por la Sentencia SAN-S2a N° 0004/2009, de 24 de julio.