SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 48/2023
Fecha: 30-Ago-2023
Antecedentes Procesales: Antecedentes y tradición del derecho propietario
I.2. Antecedentes y tradición del derecho propietario.- La parte actora como primer antecedente señala que, por la documentación que adjunta se acreditaría el derecho de propiedad adquirido por sus padres Eulogio Choque Cárdenas y Virgilia Viñola Vega, mediante subasta pública realizada el 15 de septiembre de 1943, en una extensión de 180.0000 ha, los cuales habrían sido dados en arrendamiento a algunos comunarios, teniendo una posesión pacífica hasta la gestión 1954, pero que una vez fallecido su padre, los comunarios intentaron arrebatarles dichas tierras, después de varios intentos de procesos judiciales y no obstante que habrían sido rechazadas y declaradas improbadas, en definitiva se les habría reconocido derecho propietario a través del Auto de Vista de 17 de septiembre de 1981, y que desde esa oportunidad, junto a su madre siempre hubieren estado en posesión definitiva de dichos terrenos hasta la actualidad.
Indican que, en la gestión 1992, habrían ido retomando posesión de algunos terrenos que por bastante tiempo estaban abandonadas, entre ellos, los terrenos de Atolla Ckasa, parte de la Huerta, Huasi Hura y la Pampa, los que si bien fueron nuevamente sembrados, volviéndolos productivos; empero, en la gestión 1996 aparecieron los supuestos dueños de la “Cooperativa Agrícola Cieneguillas Ltda.”, quienes fueron citados a una audiencia de conciliación ante la Central de Cooperativas INALCO - Potosí, oportunidad que refieren los representantes de dicha cooperativa, voluntariamente se les habría entregado el terreno denominado “La Pampa”, dentro del saneamiento realizado en el polígono 04, el cual la habrían sembrado hasta la fecha.
Como segundo antecedente, señalan que el INRA - Cochabamba, en grado de avocación mediante Resolución Administrativa RA-AD N° 0002/2016 de 28 de enero de 2016, resolvió iniciar el proceso de saneamiento el 27 de julio de 2016, conformándose el control social, compuesto por miembros de la cooperativa, quienes con una aptitud parcializadora y arbitraria se hicieron medir terrenos que nunca estuvieron en posesión de la referida cooperativa, toda vez que, estaban abandonadas, con piedras y matorrales que no tenían riego, etc., utilizando el argumento falso de que estaban en descanso, y que no contento con ello, manifiestan que la cooperativa también se habría hecho medir viviendas, con corrales y huertas, como si ellos hubieran hecho las mejoras en los terrenos denominados Huasi Hura y La Pampa, donde refieren que por más de 20 años estuvieron en posesión, hasta la actualidad; señalan que este aspecto vulneraria lo previsto en el art. 2 de la Ley N° 1715 y el art. 155 de la Ley N° 3545.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Antecedentes y tradición del derecho propietario
- Antecedentes Procesales: Normativa que regula el saneamiento de la propiedad agraria
- Antecedentes Procesales: Causales de nulidad absoluta
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- 1.2 4. Responde a observaciones planteadas en la demanda de nulidad de Títulos Ejecutoriales.- Respecto a lo aseverado de que la cooperativa demandada no tendría posesión ni derecho propietario sobre las parcelas 003, 004, 005, 006 y 007, indica que este hecho alegado no tendría asidero fáctico ni legal porque ante la emisión de la Resolución Determinativa de Área de Saneamiento e Inicio de Procedimiento RA-SS N° 1338/2016 de 17 de junio de 2016 y la Resolución Administrativa RA-SS N° 1469/2016 de 12 de julio de 2016 se ejecutó el Relevamiento de Información en Campo de las parcelas señaladas así como de la parcela 002 denominada “Choque Viñola”, habiéndose identificado a la cooperativa, así como a los ahora actores en dichas parcelas detalladas en la Resolución Final de Saneamiento.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Antecedentes Procesales: 21. A fs. 413, cursa Formulario Adicional de Áreas o Predios en Conflicto 27 de julio de 2016, de la parcela 002 con las parcelas 003 y 004, en la parte de Descripción del Conflicto señala: “Se identificó conflicto de sobreposición de derechos, ambos interesados reclaman el área sobrepuesta. El conflicto data desde la reforma agraria” (sic).
- Antecedentes Procesales: 27. A fs. 478, cursa Formulario Adicional de Áreas o Predios en Conflicto de 27 de julio de 2016, de la parcela 002 con las parcelas 003 y 004, en la parte de Descripción del Conflicto señala: “Se identificó conflicto de sobreposición de derechos, ambos interesados reclaman el área sobrepuesta. El conflicto data desde la reforma agraria” (sic).
- Fundamentos Jurídicos
- F.J.II.1. La naturaleza jurídica de las demandas de nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.II.2. El ejercicio del derecho propietario, basado en la posesión y en el cumplimiento de la Función Social
- F.J.II.3. El principio de verdad material.
- FJ.II.4. Análisis del caso concreto.
- FJ.II.4. 1. Con relación a la causal de nulidad de simulación absoluta prevista en el art. 50.I.1.c) de la Ley N° 1715
- FJ.II.4. 2. Con relación a que en el proceso de saneamiento realizado en el polígono 485, no existiría un Informe de Adecuación; omisión que según la parte actora constituiría un error de fondo sustancial que vulneraría la Disposición Transitoria Segunda del D.S. N° 29215
- FJ.II.4. 3. Con relación a la causal de error esencial establecido en el art. 50.I.1.a) de la Ley N° 1715
- FJ.II.4. 4. En cuanto a la causal de nulidad de ausencia de causa previsto en el art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715
- FJ.II.4. 5. Respecto a la causal de nulidad de violación de la Ley aplicable establecido en el art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715
- Por Tanto 1