Resolución recurrida: Sentencia N° 01/2022 de 04 de agosto, pronunciado por el Juzgado Agroambiental de Tarabuco
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 01/2022 de 04 de agosto, pronunciado por el Juzgado Agroambiental de Tarabuco

Fecha: 08-Nov-2022

. Admisión De La Demanda.

II.1 . ADMISIÓN DE LA DEMANDA.

Se admite la demanda mediante Auto de 15 de marzo de 2022, tal como consta a fs. 291 y 291vta., únicamente con relación a Gastón Padilla Muñoz y María Rene Padilla Olguín y no así con relación a Felicidad Vilma Chumacero Muñoz, quien con documentación presentada no acreditó interés legal que exige el art. 555 del Código Civil, cuando señala: "La anulación del contrato puede ser demandada solo por las partes en interés o protección de quienes ha sido establecida", proceso en el que no se debatirá su derecho propietario, sino la legalidad del acuerdo conciliatorio demandado. Seguidamente, se procedió a la citación de la parte demandada María Lidy Padilla Muñoz de Camargo, Judith Padilla Muñoz, Estanislao Heraneo Padilla Muñoz, Rufo Oscar Padilla Muñoz, Severino Carlos Padilla Muñoz y Hugo Padilla Muñoz, conforme evidencian las diligencias de fs. 315 a 318, 327 y 331vta de obrados.