Resolución recurrida: Sentencia N° 09/2022 de 14 de noviembre de 2022
Fecha: 15-Feb-2023
Fundamentacion Factica: Que Es La Valoracion
II.2. QUE ES LA VALORACION
Primero.- La valoración de la prueba
consiste en el análisis crítico e integral del conjunto de elementos
probatorios que son introducidos en la causa ya sea con la proposición de la
demanda, su contestación o reconvención, a tiempo de formular excepciones,
valoración por la que se determinará qué influencia tienen en la resolución de
la causa y así definen si corresponde acoger o no las pretensiones de las
partes.
En
este proceso de valoración corresponde atender las reglas que contiene la
normativa vigente; así el artículo 145 del Nuevo Código Procesal Civil “Las
pruebas se apreciaran en conjunto tomando en cuenta la individualidad de cada
una de las producidas y de acuerdo con las reglas de sana critica o prudente
criterio, salvo que la ley disponga expresamente una regla de apreciación
distinta”, a su vez el artículo 1286 del Código Civil prevé “que las pruebas
producidas serán apreciadas por el juez de acuerdo a la valoración que les
otorga la ley, pero si esta no determina otra cosa, podrá hacerlo conforme a su
prudente criterio” entendiéndose que por estas normas este proceso de
valoración entraña un sistema mixto que debe tomarse en cuenta además que
corresponde seguir el principio procesal contenido en el articulo 180.I de la
Constitución Política del estado de “verdad material”
Segundo.- En cuanto a la prueba
documental los artículos 1289 y 1297 del Código Civil en relación al artículo
147 del Nuevo Código Procesal Civil, establecen la fuerza probatoria que se les
asigna a los documentos públicos y privados y en su caso el artículo 150, del
citado procedimiento junto a los artículos 1309 y 1312 del código civil
refieren la fe probatoria otorgada a los testimonios y copias de estos
documentos.
Tercero.- la valoración merece en la
jurisprudencia la siguiente consideración: “ en su sentido procesal, la prueba
es un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en
el juicio con la finalidad de crear la convicción del juzgador, en el ejercicio
de esta atribución, las pruebas producidas deben ser apreciadas por los jueces
de acuerdo a la valoración que les otorga la ley, esto lo que en doctrina se
llama el sistema de apreciación legal de la prueba, puesto que el valor
probatorio de un determinado elemento de juicio está consignado con
anticipación en el texto de la ley, la apreciación de los medios probatorios debe efectuárselo
de acuerdo a las reglas de la sana critica, que constituye una categoría
intermedia entre la prueba legal y la libre convicción, entendiendo como lo
señala el procesalista Couture, que las reglas de la sana critica son, ante
todo, las reglas del correcto entendimiento humano, en la que intervienen las
reglas de la lógica, como las reglas de la experiencia del juez, es decir con
arreglo a la sana razón y a un conocimiento experimental de las cosas
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustenta la Sentencia N° 09/2022 de 14 de noviembre de 2022, recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación en el fondo, cursante de fs. 182 a 195 de obrados.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- Por Tanto 1
- Sentencia Agroambiental N° 09/2022 de 14 de noviembre de 2022, debiendo la Ju...
- SENTENCIA AGROAMBIENTAL No.- 9/2022
- 1.1 Argumentos de la demanda
- 1.2 Argumentos de la contestación
- Fundamentacion Factica
- Fundamentacion Factica: Que Es La Valoracion
- Fundamentacion Factica: De La Prueba Documental
- 1.- Del Contrato
- 2.- De La Anulabilidad Y Causas De Anulabilidad De Los Contratos Y De La Legitimacion Activa
- Conclusion
- Por Tanto 2