Resolución recurrida: Sentencia N° 03/2023 de 09 de febrero
Fecha: 08-May-2023
Antecedentes Procesales: Argumentos de la Sentencia N° 03/2023 de 09 de febrero de 2023, recurrido en casación en la forma y en el fondo.
I.1.
Argumentos de la Sentencia N° 03/2023 de 09 de febrero de 2023, recurrido en
casación en la forma y en el fondo.
A través de la Sentencia N° 03/2023
de 09 de febrero de 2023, cursante de fs. 294 a 309 vta. de obrados, se declaró
probada la demanda de Interdicto de Recobrar la Posesión e improbada la demanda
reconvencional de Interdicto de Retener la Posesión, con los siguientes
argumentos:
Establece que, la pretensión de la
parte actora se encuentra demostrada con los presupuestos procesales, establecidos
en el art. 1461 del Código Civil, cumpliéndose con la carga probatoria impuesta
por el art. 1283.I de la misma norma sustantiva civil y art. 136 del Código
Procesal Civil, en consecuencia, se tiene por demostrado los presupuestos
procesales para la procedencia de la acción interdicta de Recobrar la Posesión.
El demandado y reconvencionista no ha desvirtuado los argumentos de la demanda
principal como tampoco ha demostrado la concurrencia de los presupuestos
requeridos para la procedencia del Interdicto de Retener la Posesión,
establecidos en el art. 1462 del Código Civil, incumpliendo con la carga
probatoria impuesta por el art. 1283.I y 136 del Código Procesal Civil,
correspondiendo resolver en ese sentido.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Sentencia N° 03/2023 de 09 de febrero de 2023, recurrido en casación en la forma y en el fondo.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentación de la contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal.
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación en materia agroambiental: Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
- FJ.II.1. 2. Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- FJ.II.1. 2.b). El recurso de casación en la forma, procede por la vulneración de las formas esenciales de proceso, es decir, por errores de procedimiento que derivan en infracciones formales o cuando en la sustanciación del proceso se hubieren violado las formas esenciales que se encuentren sancionadas con la nulidad por ley. De ser ciertas las infracciones de la forma denunciadas o verificadas de oficio, dará lugar a la nulidad del proceso hasta el vicio más antiguo. Es decir, tiene por objeto subsanar los defectos procesales advertidos en la tramitación de la causa.
- FJ.II.2. Naturaleza jurídica del Interdicto de Recobrar la Posesión.
- FJ.II.3.
- FJ.II.4.
- Por Tanto 1