Resolución recurrida: Sentencia N° 03/2023 de 15 de marzo de 2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 03/2023 de 15 de marzo de 2023

Fecha: 24-May-2023

Antecedentes Procesales: Argumentos de la Resolución recurrida en casación o nulidad.

I.1. Argumentos de la Resolución recurrida en casación o nulidad.

A través de la Sentencia N° 03/2023 de 15 de marzo, cursante de fs. 300 a 307 vta. de obrados, la Juez Agroambiental con asiento judicial en Camargo del departamento de Chuquisaca, declara PROBADA en parte la demanda de Interdicto de Retener la Posesión, respecto a la subparcela 3 y 4 del predio objeto de litis (conforme plano a fs. 281), por haberse demostrado actos perturbatorios realizados por Hugo Rodríguez Ovando, contra Marcelino Rodríguez Ortega,  bajo los siguientes argumentos jurídicos:

1. El demandante ha demostrado su posesión legal, continua y pacífica por más de cinco años en parte del predio litigioso de 1.1559 ha, mediante la producción agrícola, cumpliendo los usos y costumbres de la Comunidad; y que el demandado también ocupa un espacio de manera legal, continuo y pacífico realizando trabajos de agricultura en una superficie de 0.9942 ha, cumpliendo también los usos y costumbres de la Comunidad.

Se ha demostrado que el demandado, viene realizando actos de perturbación traducidos en actos materiales en parte del predio concretamente en las sub parcelas 3 y 4, hechos traducidos en realizar movimiento de tierra en la cosecha del demandante, sembrando en la parte ya cosechada por el demandante.

Se ha podido determinar que la acción interdictal ha sido interpuesta dentro del año de producida la perturbación, desde julio de 2022, de acuerdo a la prueba testifical y la confesión de los sujetos procesales, cumpliéndose el tercer presupuesto.

Concluye señalando que, la carga impuesta por el art. 1283.I del Código Civil, y art. 136 del Código Procesal Civil, ha sido cumplido por el demandante, toda vez que, han acreditado los presupuestos de su demanda. Se ha establecido que ambas partes se encuentran en posesión legal continua y pacífica de diferentes superficies. También se ha demostrado que Hugo Rodríguez Ovando, viene realizando actos de perturbación traducidos en actos materiales como el hecho de sembrar encima de la cosecha de Marcelino Rodríguez en la sub parcela 3 y 4, conforme imagen cursante de fs. 274 a 277 de obrados, previsto en el Informe Técnico N° 002/2023, de 23 de febrero de 2023.