Resolución recurrida: Sentencia N° 03/2023 de 15 de marzo de 2023
Fecha: 24-May-2023
Fundamentos Jurídicos Del Fallo
II. FUNDAMENTOS
JURÍDICOS DEL FALLO.
El Tribunal Agroambiental, conforme a los actuados
procesales cursantes en obrados, previo asumir una determinación respecto al
recurso de casación interpuesto; ve pertinente abordar y desarrollar los
siguientes temas: 1. La naturaleza
jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia
agroambiental y distinción entre el recurso de casación en la forma y en el
fondo; 2. El Interdicto de Retener
la Posesión: Su naturaleza jurídica en materia agroambiental y requisitos de
procedencia; 3. La facultad de
revisión de oficio del proceso y la trascendencia de la nulidad de obrados; 4. El Juez y su rol de director en el
proceso; 5. Análisis del caso
concreto.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Resolución recurrida en casación o nulidad.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de los recursos de casación.
- 1.2 2. Argumentos del recurso de casación del Demandante ahora recurrente.
- 1.2 2.1. Recurso de casación en el fondo:
- Antecedentes Procesales: Contestación a los recursos de casación interpuestos.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal.
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental y distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
- FJ.II.1. 2. Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- FJ.II.1. 2.b). El recurso de casación en la forma; procede por la vulneración de las formas esenciales de proceso, es decir, por errores de procedimiento que derivan en infracciones formales o cuando en la sustanciación del proceso se hubieren violado las formas esenciales que se encuentren sancionadas con la nulidad por ley. De ser ciertas las infracciones de la forma, denunciadas o verificadas de oficio, dará lugar a la nulidad del proceso hasta el vicio más antiguo; es decir, tiene por objeto subsanar los defectos procesales advertidos en la tramitación de la causa.
- FJ.II.2. El Interdicto de Retener la Posesión: Su naturaleza jurídica en materia agroambiental y requisitos de procedencia.
- FJ.II.3. La facultad de revisión de oficio del proceso y la trascendencia de la nulidad de obrados.
- FJ.II.4. El Juez y su rol de director en el proceso.
- Por Tanto 1