Auto Supremo AS/0167/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2003

Fecha: 28-Abr-2003

A su tiempo, la Ley N° 1600, en su art


A su tiempo, la Ley N° 1600, en su art. 22, establece que en materia de impugnaciones, procede el recurso de revocatoria a demanda de cualquier persona natural y jurídica contra las resoluciones pronunciadas por los Superintendentes Sectoriales, cuando demuestren razonablemente que han sido perjudicados en sus intereses legítimos o en sus derechos, y aún el jerárquico que prevé el art. 23 contra las resoluciones denegatorias a los recursos de revocatoria pronunciados por los Superintendentes Sectoriales