Auto Supremo AS/0016/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2004

Fecha: 13-Sep-2004

El tribunal de alzada dictó el auto de vista a través del que se confirmó


El tribunal de alzada dictó el auto de vista a través del que se confirmó la sentencia, señalando que no se entra a considerar los extremos de la apelación por cuanto el demandante carecería de acción y derecho para intentar este proceso. (fs. 230). Contra el auto de vista de referencia, el demandante planteó recurso de casación en la forma y fondo señalando que: a) se ha vulnerado el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto no se ha pronunciado sobre los puntos apelados por su persona; b) se ha falsificado la firma y rúbrica de su hermana en la escritura de venta, por lo que demandó la nulidad por falta de consentimiento; c) por falta de herederos forzosos, su persona es un heredero simplemente legal o ab-intestato, por lo que tiene personería, acción y derecho para demandar esa nulidad, conforme a los arts 1084 y 1109 del Código Civil y; d) al no tener la calidad de heredero forzoso, en este proceso no se demandó la reducción de liberalidad ni el reintegro a la legítima, por lo que se ha aplicado indebidamente los arts. 1066 y 1070 del Código Civil (fs. 233-239)