Auto Supremo AS/0016/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2004

Fecha: 13-Sep-2004

En aquellos casos como el presente, en los que se plantea un recurso de casación


Cuando a un mismo hecho se atribuye la virtualidad de determinar al mismo tiempo la casación en el fondo y la casación en la forma, stricto sensu no existe recurso de casación. En la especie el recurrente confunde la casación en el fondo con la forma cuando de manera reiterada solicita dictar la resolución respectiva "... RESOLUCION ANULANDO Y CASANDO TOTALMENTE EL AUTO DE VISTA DE FECHA 05 DE JULIO DE 2002, dictado por la Corte Superior del Distrito, Sala Civil I"; ante semejante planteamiento corresponde preguntarse ¿cómo se puede anular un auto de vista (por infracción de ley procesal) para que el ad-quem dicte otro y al mismo tiempo casar dicho auto de vista (por infracción de ley sustantiva) para que este Supremo Tribunal dicte nueva resolución deliberando en el fondo?, técnicamente es imposible; es que no debe olvidarse que en el memorial en el que se plantea un recurso de casación, puede solicitarse al mismo tiempo la casación en el fondo y en la forma (recursos que además podrán interponerse al mismo tiempo), pero el pedido debe ser realizado de manera alternada.

En aquellos casos como el presente, en los que se plantea un recurso de casación de forma totalmente contradictoria y excluyente, este Supremo Tribunal desestima el recurso por improcedente, por no haberse dado cumplimiento a la previsión del art. 258 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil, con referencia al art. 272 inc. 2) del mismo procedimiento, al no haberse concretado y fundamentado el reclamo como casación en el fondo y casación en la forma